FINANCIACIÓN PSLB

Financiación de las regiones: Fondos Estructurales 2007-2013

¿Qué son los Fondos Estructurales?
                
Son los fondos comunitarios que sirven para financiar las acciones "estructurales" de la Unión, es decir, las que tienen por objeto reducir las divergencias de desarrollo entre las regiones. El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) es la principal herramienta financiera. Sus financiaciones son completadas, según los casos, por las del Fondo Social Europeo (FSE) para las acciones de formación y lucha contra el desempleo y las del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) para las acciones de desarrollo rural. El Fondo Europeo de Pesca (FEP 2007-2013), que sucede al antiguo IFOP, garantiza la aplicación de la Política Pesquera Común.

Actualmente nos encontramos en el Periodo de Programación 2007-2013, que dota a los Fondos de aproximadamente un tercio del presupuesto comunitario, y que establece un nuevo marco de la política regional de la UE con la finalidad de contribuir a la agenda por el crecimiento, competitividad, empleo y desarrollo sostenible fijados como objetivos en los Consejos de Lisboa y Gotemburgo respectivamente.
               
El FEDER tiene como finalidad fortalecer la cohesión económica y social en la Unión Europea corrigiendo los desequilibrios entre sus regiones, y con esa finalidad interviene en los tres nuevos objetivos de la política regional: “Convergencia”; “Competitividad regional y empleo” y “Cooperación territorial europea”. Tipos de acciones que financia y ámbitos en los que actúa el FEDER
El FSE tiene como objeto mejorar el empleo y las posibilidades de empleo en la Unión Europea. Interviene en el marco de los objetivos "Convergencia" y "Competitividad regional y empleo".
Entre otras, una de las acciones que financia el FSE relacionadas con la PSLB que hemos desarrollado:
  • Proyecto ILDER - Inserción Laboral en el Desarrollo Rural (para la Comunidad Autónoma de Galicia) 
    • Grupo destinatario: Personas con dispacidades,Inmigrantes,Mujeres,Jóvenes
    • Objeto: Experimentar nuevas formas que reduzcan las desventajas a las que se ve sometida la población en entornos rurales en los procesos de búsqueda y mantenimiento del empleo, especialmente las mujeres, los jóvenes los inmigrantes y/o las personas con discapacidades.
Finalmente junto con los Fondos Estructurales, el Fondo de cohesión financia la política de cohesión de la Unión Europea, y en concreto favorece el crecimiento económico y la convergencia real de los Estados miembros de la Unión con un menor nivel de desarrollo cuya renta nacional bruta (RNB) por habitante es inferior al 90% de la media comunitaria. Este es el caso de: Bulgaria, República Checa, Estonia, Grecia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovenia y Eslovaquia. Apoya acciones en el marco del objetivo "Convergencia", específicamente en los ámbitos del medio ambiente y las redes transeuropeas de transporte.

Documentos de Interés :

Legislación en materia de política regional
Más información en las páginas de Inforegio y FSE
Objetivos de la política regional y regiones afectadas
La política regional comunitaria a través del FEDER, el FSE, y el Fondo de Cohesión, persigue la realización de 3 objetivos: “convergencia”, “competitividad regional y empleo” y “cooperación territorial europea” que sustituyen a los antiguos objetivos 1, 2 y 3 del período de programación 2000-2006.

  • Convergencia: El fundamento del objetivo de convergencia es promover unas condiciones y unos factores que mejoren el crecimiento y conduzcan a una verdadera convergencia de los Estados miembros y las regiones menos desarrollados.
  • Competitividad regional y empleo: Fuera de las regiones del objetivo de convergencia, el objetivo de competitividad regional y empleo tiene como finalidad incrementar la competitividad, el atractivo y el empleo de las regiones, por medio de un planteamiento dual. En primer lugar, los programas de desarrollo ayudarán a las regiones a prever y promover el cambio económico por medio de la innovación y del fomento de la sociedad del conocimiento, el espíritu empresarial, la protección del medio ambiente y la mejora de su accesibilidad. En segundo lugar, adaptando la mano de obra e invirtiendo en recursos humanos se ayudará a alcanzar el objetivo de más y mejores puestos de trabajo.
  • Cooperación territorial europea: Intensificará la cooperación transfronteriza mediante iniciativas locales y regionales conjuntas, así como la cooperación transnacional, que persigue un desarrollo territorial integrado, y la cooperación y el intercambio de experiencia interregionales.
Distribución por Objetivos: 81,54% para el objetivo “Convergencia”; 15,95% para el objetivo “ Competitividad y empleo”; 2,52% para el objetivo “Cooperación territorial” 

¿Qué regiones se ven afectadas?

Todo el territorio de la Unión se ve afectado por uno u otro objetivo. Para determinar la elegibilidad, la Unión Europea se basa en criterios geográficos basados en datos estadísticos o NUTS (Nomenclatura de Unidades Territoriales estadísticas) que ofrecen una división única y uniforme del territorio.

·       Objetivos Convergencia y Competitividad
·    Regiones elegibles en virtud del objetivo de convergencia. Son regiones cuyo PNB es inferior al 75% de la media del PNB de la UE 25. En España: Galicia, Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha.
·   Regiones elegibles en virtud del objetivo competitividad. Dentro del objetivo de competitividad se encuentran aquellas regiones no comprendidas en el objetivo convergencia. En España: Aragón, Baleares, Cantabria, Cataluña, Madrid, Navarra, País Vasco y La Rioja

Además se establecen unos regímenes de ayuda transitoria:
·      Regiones phasing-out o regiones de efecto estadístico. Son aquellas cuyo PNB es inferior al a media comunitaria de la UE 15 pero superior a la media de la UE 25. Se benefician del objetivo convergencia durante un período transitorio. (Asturias, Murcia, Ceuta y Melilla)
·      Regiones phasing-in o regiones de efecto crecimiento. Son aquellas que estaban cubiertas por el objetivo 1 en 2006 y cuyo PNB excede el 75% de la de media de la UE 15. Se benefician del objetivo de competitividad y empleo. (Castilla y León, Comunidad Valenciana y Canarias).


Mapa español de regiones subvencionables 2007-2013

·       Dentro del objetivo Cooperación territorial europea
·     Cooperación transfronteriza a través de iniciativas locales y regionales conjuntas (Programas España-Portugal y España-Francia)
·     Cooperación transnacional que persigue un desarrollo territorial integrado y se centra en los campos de la innovación, medio ambiente, accesibilidad y desarrollo urbano sostenible. (Espacio Atlántico, Sudoeste europeo, Mediterráneo y Madeira-Azores-Canarias)
·     Cooperación interregional y Redes formado por un único Programa (INTERREG IV C) y tres Redes: ESPON, URBACT e INTERACT II

¿Cómo se programan las intervenciones de los Fondos Estructurales?
  1. El presupuesto de los Fondos Estructurales y las normas de base de su utilización son decididos por el Consejo y el Parlamento Europeos, tomando como base una propuesta de la Comisión Europea.
  2. La Comisión propone, en estrecha cooperación con los Estados miembros las “ Directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión”. Son el fundamento de la política y le dan una dimensión estratégica. Estas orientaciones garantizan que los Estados ajusten su programación en función de las prioridades de la Unión.
  3. A continuación, cada Estado miembro prepara un Marco de Referencia Estratégico Nacional coherente con las directrices estratégicas, en el curso de un diálogo permanente con la Comisión. El reglamento prevé que tras la aprobación de las orientaciones estratégicas, el Estado presenta su MREN a la Comisión. Este marco define la estrategia elegida por el Estado en cuestión y propone una lista de los “programas operativos” que prevé aplicar.
  4. Los Programas Operativos (PO) presentan las prioridades del Estado (y/o de las regiones), la manera en que va a llevarse a cabo su programación. Sin embargo, existe una obligación: para los países y las regiones que dependen del objetivo “Convergencia”, debe asignarse un 60% de los gastos a las prioridades derivadas de la estrategia de la Unión en favor del crecimiento y el empleo (llamada “estrategia de Lisboa”). En el caso de los países y las regiones que dependen del objetivo “Competitividad y empleo”, el porcentaje es del 75%.
  5. Tras la decisión de la Comisión sobre los programas operativos, es al Estado miembro y a sus regiones a las que corresponde la tarea de aplicar los programas, controlarlos y evaluarlos a través de las “autoridades de gestión” de cada país o región.
Documentos de interés
http://www.conselleriadefacenda.es/web/portal/programa-operativo-feder-galicia-2007-2013

Gestión de los Fondos:

El Estado miembro designa para cada programa operativo:
·     Una autoridad de gestión (una autoridad pública u organismo público o privado nacional, regional o local que administra el programa operativo);
·     Una autoridad de certificación (una autoridad u organismo público nacional, regional o local que certifica la situación de los gastos y las solicitudes de pago antes de su envío a la Comisión);
·     Una autoridad de auditoría (una autoridad u organismo público nacional, regional o local designado para cada programa operativo y encargado de comprobar el funcionamiento eficaz del sistema de gestión y control).
             
La regla de un programa un Fondo determina que el FEDER y el FSE pueden cada uno por su parte financiar de manera complementaria y limitada las actuaciones en el ámbito en el que interviene el otro Fondo (dentro del límite del 10% de los créditos asignados por la Comunidad a cada eje prioritario de un programa operativo). Existe una excepción a esta norma: el FEDER y el Fondo de Cohesión intervienen conjuntamente para los programas relativos a infraestructuras y medio ambiente.

Finalmente, las normas de elegibilidad de los gastos se establecen a nivel nacional a reserva de las excepciones que figuran en los Reglamentos específicos de cada Fondo, a diferencia del periodo 2000-2006 en el que las normas se establecían a escala comunitaria.

Autoridades de Gestión 

Regiones por el Cambio Económico

Dentro del objetivo de Cooperación territorial, la Comisión adoptó el 8 de noviembre de 2006 la iniciativa « Las regiones, por el cambio económico», tiene por objetivo introducir nuevas formas de dinamizar las redes regionales y urbanas y que sirva como banco de pruebas donde las ideas innovadoras se experimenten y se diseminen con rapidez entre los programas de Convergencia, Competitividad y empleo y Cooperación territorial europea.


Sucesor del anterior Interreg IIIC, el programa INTERREG IVC se desarrollará durante el periodo 2007-2013. El futuro programa sustituirá la actual división en 4 zonas por un programa de ámbito europeo con una única estructura de gestión. “INTERREG IVC” se centrará en las políticas de desarrollo regional en las áreas de innovación, economía del conocimiento, medio ambiente y prevención de riesgos.

La última versión del programa operativo INTERREG IVC se presentó a la Comisión el 19 de abril de 2007. Están pendientes de incorporación al documento los comentarios realizados durante el proceso de aprobación así como los provenientes de la consulta pública.


Este programa único aprobado por la Comisión en el marco del objetivo de Cooperación territorial Europea propone un programa de intercambio de experiencias entre ciudades europeas centrado en el desarrollo urbano sostenible en la Unión Europea. Representa el aspecto de intercambio, capitalización y diseminación de las iniciativas URBAN.

Durante la última reunión del Comité de Programación de URBACT el 15 de marzo de 2007, los Estados miembros acordaron la versión definitiva del documento: Programa URBACT II 2007-2013. Este documento ha sido presentado a la Comisión Europea para su aprobación y ahora se encuentra en proceso de consulta en las Instituciones.

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